Marta Elba Pascual suspendió por 60 días la aplicación de la Ley 27.801 en territorio bonaerense. La magistrada advirtió que la Provincia no cuenta con la infraestructura ni los recursos necesarios para afrontar un eventual aumento de adolescentes privados de su libertad. La medida ya generó fuertes cuestionamientos y una denuncia penal contra la jueza.**
Apenas dos días después de la entrada en vigencia del nuevo Régimen Penal Juvenil, la Justicia bonaerense decidió ponerle un freno temporal a su aplicación en la provincia de Buenos Aires.
La medida fue dispuesta por **Marta Elba Pascual, titular del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N° 2 de Lomas de Zamora**, quien hizo lugar a un hábeas corpus preventivo colectivo presentado por la **Federación Familia Grande Hogar de Cristo**.
La resolución establece una **suspensión preventiva por 60 días** de la aplicación de la Ley 27.801 en territorio bonaerense. La norma establece un nuevo régimen de responsabilidad penal juvenil y amplía el universo de adolescentes que pueden quedar sometidos al sistema penal al incorporar a los jóvenes de **14 y 15 años**.
El eje de la decisión de Pascual no fue declarar inconstitucional la nueva ley, sino advertir sobre las condiciones concretas en las que debería comenzar a aplicarse.
La magistrada sostuvo que la ampliación del universo de adolescentes alcanzados por el sistema puede generar un aumento de las privaciones de libertad, mientras que los dispositivos bonaerenses actualmente disponibles no contarían con la infraestructura edilicia, educativa y profesional suficiente para afrontar ese escenario.
La jueza aclaró que su posición no significa desconocer la problemática de los delitos cometidos por adolescentes ni oponerse necesariamente a la reducción de la edad de imputabilidad.
“**No romantizo a los chicos que salen con un arma**”, sostuvo, aunque cuestionó que el simple endurecimiento del sistema penal pueda traducirse automáticamente en mayor seguridad.
Y advirtió sobre las consecuencias de un sistema de encierro sin herramientas de reinserción:
**“Un chico encerrado sin educación, sin oficio, sin terapia, llega a los 18 años y lo podemos mandar a una unidad carcelaria que funciona como una escuela de delito”.**
La resolución judicial establece un plazo de 60 días para analizar las condiciones de implementación del nuevo régimen.
Además, se convocó a una audiencia para el próximo 16 de septiembre, en la que representantes de las áreas de Seguridad, Justicia y Niñez de la Provincia deberán informar qué medidas están adoptando y cuáles serán los recursos destinados a adecuar los dispositivos existentes.
La Federación Familia Grande Hogar de Cristo, que impulsó el hábeas corpus, sostuvo que su planteo no busca discutir la ley “en abstracto”, sino advertir que su aplicación inmediata podría vulnerar derechos básicos de los adolescentes que ya se encuentran privados de su libertad.
Por otra parte la decisión judicial generó rápidamente una fuerte reacción.
Usina de Justicia presentó una denuncia penal contra Pascual** por los presuntos delitos de usurpación funcional y abuso de autoridad. La entidad cuestionó que una jueza pueda suspender la aplicación de una ley penal sancionada por el Congreso y sostuvo que la decisión podría afectar la división de poderes.
La decisión de la jueza de Lomas de Zamora reabre la discusión sobrela responsabilidad penal de los adolescentes desde los 14 años y la falta de un sistema que contenga y reeduque para una reinserción en la sociedad de los menores delincuentes
Mientras desde algunos sectores se reclama mayor dureza frente a los delitos cometidos por menores, otros advierten que bajar la edad de imputabilidad sin garantizar infraestructura, educación, tratamiento y mecanismos de reinserción puede terminar agravando el problema.




